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Artículo 12 Convención de los derechos de Niños/as y Adolescentes
1. Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.
2. Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.
Niños/as y adolescentes son escuchados por las juezas y asesoras en audiencias privadas para conocer su opinion del caso que lo afecta.
ESTUDIO JURIDICO TRASSENS
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Ni mentir ni ocultar.... Cuando los padres se separan tiene gran impacto en toda la familia, Los menores de edad son sin lugar a dudas, vulnerables, y por ende también los más influenciables. Si le enseñas a que oculte situaciones o mienta, respecto de diferentes cuestiones, lo más probable es que cuando ocurra algo de importancia o de gravedad el niño/a sienta miedo de recurrir a sus progenitores, y les oculte cosas o les mienta. Lo estarás poniendo en medio de dos lealtades y también correrás el riesgo que comience a manipular la convivencia diaria. Si ocurre algo que atañe al menor, el otro progenitor/a debe saberlo. Recordá que te separas de tu pareja, pero serán madres y padres para toda la vida Consulte por inicios de trámites de divorcio. Financiaciones 223-155458788. Estamos para asesorarlo. Abogados de Familia Mar del Plata Divorcios Alimentos Comunicación con los hijos Autorización de viaje Acuerdos Homologaciones #juiciodealimentosmardelplata #abogada #familia #divorcio #alimentos #divorcioonline #cuotaalimentos #separacion #alimentosmardelplata #comunicacionconloshijos #divorciomardelplata #homologaciondeacuerdo #entrevistaonline #entrevistapersonal #convenioregulador #divorciopresentacionconjunta #divorciocomunacuerdo #divorciopresentacionconjuntamardelplata #divorciounilateral #abogadosmardelplata #abogadasmardelplata #divorcioexpressmardelplata #abogadamdp #abogadamdq #abogadadedivorciomardelplata #hijosydivorcio #hijosycuidado
Desde la puesta en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, ya está activa en la Argentina la posibilidad de realizar un divorcio express. Desde entonces, no es necesaria la voluntad de ambos cónyuges para poner fin a un matrimonio con un divorcio express, ya que puede iniciarlo uno de los integrantes de la pareja por su cuenta. Tampoco será ya necesario que la pareja haya pasado tres años de casados antes de decidir divorciarse, como sí se requería antes de esta modificación. Estos y más cambios se introdujeron en la legislación argentina en los últimos años, por eso te contamos qué necesitás y cómo obtener un divorcio express. ¿Qué es un divorcio express?Lo primero que tenés que saber si tu intención es lograr un divorcio express es que quizás esa expresión sea exagerada o esté mal utilizada. No hay uno express de por sí, sino que es un procedimiento que toma menos que el tradicional como se lo llevaba a cabo antes del cambio en el mencionado Código Civil. Siga leyendo en
https://www.iprofesional.com/legales/352245-que-es-el-divorcio-express-y-como-se-tramita
Cuidado Personal de los menores de edad
DIVORCIO EN MAR DEL PLATA - ABOGADOS DE FAMILIA MAR DEL PLATA - ESTUDIO JURIDICO TRASSENS ¿Qué es un Divorcio ? Con la Reforma instaurada en el nuevo Código Civil, se establece una nueva tramitación llamada unilateral. Este nuevo tipo de trámite permite divorciarse sólo la voluntad de uno de los cónyuges, sin tener que demostrar causa o motivo y sin requerirse el tiempo mínimo de 3 años de casados como se solicitaba antes. Esto hace que Ud. si quiere iniciar su divorcio, no requiera de la firma del otro cónyuge. Presenta ventajas por su costo económico, sencillez y rapidez. ¿Cuáles son los requisitos para iniciar un Divorcio? Los únicos requisitos son: - Que uno de los esposos tenga intención de divorciarse. - Que cuente con la documentación necesaria para iniciar el trámite. -Solamente si hay hijos menores de edad o bienes adquiridos durante el matrimonio, se requiere como condición para que el trámite sea aceptado, que se realice una Propuesta de Plan de Parentalidad. ¿Qué documentación necesito para tramitar un Divorcio ? Copia del DNI del cónyuge que lo solicita Original y copia Libreta de Familia, Acta o Certificado de Matrimonio En caso de haber hijos menores, Original y copia de Certificado o Partidas de nacimiento. En caso de haber bienes adquiridos durante el matrimonio, Copias de las escrituras o títulos de Propiedad, Y si se poseen bienes propios también, para demostrar la fecha de adquisición. ¿Que pasos hay que seguir para dar Inicio? Ud se contacta con nosotros vía telefónica, por mail, o por entrevista personal En ese momento le informaremos los costos de honorarios y gastos de inicio por la realización de todo el trámite, así como también se acuerda la forma de pago y se le detalla según su caso en concreto, toda la documentación y material probatorio requerido. Posteriormente a efectuar el pago inicial, en forma personal o a través de transferencia bancaria, se confecciona el escrito de demanda. Firma de la demanda en nuestras oficinas, o si Ud. no vive en Mar del Plata, lo hace ante escribano Público en la ciudad donde se encuentre. Finalizado el trámite, se le entregaran los testimonios y oficios correspondientes que acreditan la culminación del Expediente. Dra. Paula Gabriela Trassens Abogada inscripta al Tomo 12 Folio 381 del Colegio de Abogados de Mar del Plata. Especialista en Derecho de familia, Divorcios, División de Bienes Gananciales, Alimentos, Cuidado Personal de los Hijos. Régimen de Comunicación, Sucesiones Herencias, Todos los casos de Derecho de Familia son tratados por abogados especializados en el tema con atención personalizada, brindando el asesoramiento legal para el caso concreto y con la más absoluta reserva.
UNA FRASE QUE SOLEMOS ESCUCHAR LOS ABOGADOS DE FAMILIA ES : "..MIRE DOCTORA ME CASE HACE 20 AÑOS , PERO AHORA QUE ME ESTOY DIVORCIANDO, LO CONOZCO REALMENTE..." ES VERDAD QUE GRAN CANTIDAD DE VECES, AL OIR LOS RELATOS DE UN CLIENTE, EN CUANTO A LA DESCRIPCION DE SU CONYUGE, COMO DE LA SITUACION FAMILIAR; UNO NO PUEDE DEJAR DE PENSAR, COMO FUE QUE ALGUNA VEZ TUVIERON UN PROYECTO EN COMUN DE FAMILIA. HAY ALGO QUE LA EXPERIENCIA ME HA ENSEÑADO, QUE EN UNA MISMA SITUACION, CADA UNA DE LAS PARTES , VE LAS COSAS DE MANERS DIFERENTE. A VECES, UNO LOS OYE POR SEPARADO, Y LOS DOS TIENEN RAZON, ESTO SE DEBE A QUE CADA UNO, VIVE EL DIVORCIO DE MANERA DIFERENTE. ... HAY PERSONA, QUE PARA LLEGAR A TOMAR ESA DECISION, HAN TRANSITADO UN LARGO Y DOLOROSO CAMINO, Y LO VEN COMO UN TERRIBLE FRACASO. OTRAS EN CAMBIO, VISLUMBRAN DETRAS DE UNA SEPARACION, EL FIN DE UNA ETAPA QUE HA DEJADO DE SER PLACENTERA TANTO PARA ELLOS COMO PARA EL RESTO DE QUIENES INTEGRAN EL GRUPO FAMILIAR. AL VER EL PROBLEMA DESDE DIFERENTES PLANOS, EL OTRO, TIENE UNA REACCION DISTINTA A LA NUESTRA, Y ES POR ELLO QUE LO VEN COMO UN DESCONOCIDO. SUELEN COMENZAR A PASARSE FACTURA, Y A TENER POR CUESTIONES INSIGNIFICANTES, ACTI TUDES DESMEDIDAS. QUIENES PARECEN QUEDAR EN MEDIO DE ESTE TORBELLINO DE IDAS Y VENIDAS, DE DESPLANTES, VENGANZAS Y COBRO DE CUENTAS PENDIENTES, SON CASI SIEMPRE LOS HIJOS. POR UN LADO, EL PADRE, CREE QUE SE DIVORCIA DE SU FAMILIA, Y QUE AL NO PASAR UNA CUOTA ALIMENTARIA A SUS HIJOS PERJUDICA A LA MADRE, LA QUE SE VE OBLIGADA A TRABAJAR DOBLE, PARA SATISFACER LAS NECESIDADES DE LOS MENORES. NADA MAS TRISTE QUE ESTO.......... A SU VEZ, EN OCASIONES, SE SUELEN MEZCLAR LAS CUESTIONES, Y COMO EL PADRE NO CUMPLE CON REGULARIDAD CON LA CUOTA, O POR QUE TIENE OTRA PAREJA, LAS MADRES, COMO SI SUS HIJOS LES PERTENECIERAN, IMPIDEN EL CONTACTO DE LOS MENORES CON LA FIGURA PATERNA......LAMENTABLE. ES DIFICIL, POSICIONARSE A UNA DISTANCIA DE LA CONFLICTIVA, QUE NOS PERMITA TOMAR LAS DECISIONES ADECUADAS. ES POR ELLO QUE ES AHI, DONDE SE DEBE ACUDIR A PROFESIONALES PARA QUE NOS ORIENTEN EN EL CAMINO A SEGUIR. UN PSICOLOGO, UN ABOGADO DE FAMILIA, UNA TERAPISTA, TRABAJARAN DE MANERA CONJUNTA, PARA QUE ENTRE TODOS , Y CON EL MAYOR BENEFICIO, NO SOLO DE LA PAREJA, SINO MAXIME PARA LOS MENORES, EL CONFLICTO SE RESUELVA LO MEJOR POSIBLE. SI ESTAS EN UNA SITUACION PERSONAL, O JUDICIAL, COMPLICADA NO DUDES EN CONSULTAR A PROFESIONALES QUE PODRAN GUIARTE PARA QUE LLEGUES A BUEN PUERTO AUTORA: DRA. PAULA TRASSENS
Cabe revocar la sentencia que rechazó la demanda de alimentos intentada por el hijo mayor de 18 años pero menor de 21 en contra de su madre y, en consecuencia, fijar una cuota alimentaria a favor del actor del 10 % de los haberes de la demandada, por cuanto la progenitora no acreditó que el actor cuente con recursos suficientes para su manutencion , sin que la salud de la demandada -la cual le permite trabajar y por tanto contar con una obra social que contribuirá a costear su atención médica-, ni la circunstancia de que conviva con otra hija obsten tal conclusión, como así tampoco el hecho de que se hayan rechazado los alimentos provisorios ante la falta de acreditación de los requisitos de urgencia que justificaban su procedencia, pues en este proceso hay una mayor amplitud probatoria. R. S., M. E. vs. S., M. B. s. Alimentos /// Cámara de Apelaciones de Familia, Mendoza, Mendoza; 16-05-2013; RC J 14861/13
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